Estoy cobrando el subsidio para mayores de 52 años, ¿cuándo debo acceder a la pensión de jubilación?
El subsidio se extingue cuando el beneficiario cumple la edad ordinaria de jubilación, si bien acceder a la jubilación no es obligatorio
¿Quién accede al subsidio para mayores de 52 años?
Se accede a esta prestación en caso de desempleados de más de 52 años, siempre que se carezca de rentas propias de cualquier naturaleza, superiores, en cómputo mensual, al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la proporción de las pagas extraordinarias. Además, se requiere:- Cotización por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de toda su vida laboral en cualquier régimen de la Seguridad Social.
- La acreditación de que en el momento de la solicitud que se cumplen todos los requisitos para acceder a la pensión de jubilación, salvo la edad.
- Encontrarse en determinadas situaciones de desempleo: 1. Haber agotado una prestación contributiva por desempleo; 2. ser emigrante retornado; 3. haber sido liberado de prisión; 4. haber sido declarado plenamente capaz o incapaz parcial como consecuencia de expediente de revisión por mejoría de una situación de gran invalidez, incapacidad absoluta o total para la profesión habitual; 5. estar en situación legal de desempleo y no tener derecho a prestación contributiva por desempleo por no haber cubierto el período mínimo de cotización, siempre que hayan cotizado, al menos, 3 meses.